La regulación de drones en España ha vivido en los últimos dos años uno de los periodos más movidos desde que entró en vigor el marco europeo en 2020. El Real Decreto 517/2024 intentó actualizar las reglas nacionales; la sentencia del Tribunal Supremo 2941/2025 anuló parte de ese decreto; el 1 de enero de 2026 terminaron de desaparecer los escenarios estándar nacionales (STS-ES) en favor de los europeos STS-01 y STS-02; y el plan U-space sigue en despliegue con AESA y ENAIRE coordinando. Si operas un dron, esto te afecta directamente, sea que vueles por ocio, para trabajo profesional o que montes un espectaculo drones en un festival.
En esta guía hemos actualizado punto por punto todo lo que ha cambiado respecto a la versión de 2024. Te explicamos qué sigue vigente, qué se anuló, qué nuevos requisitos aplican desde 2026, cómo afecta al registro como operador, al seguro de responsabilidad civil, al marcado de clase de tu dron, a Remote ID y a las sanciones en caso de incumplimiento. También te contamos cómo se integra todo esto en la formación profesional que ofrecemos en nuestro curso drones homologado, porque la actualización normativa es uno de los contenidos que revisamos de forma continua en UMILES University.
La información se basa exclusivamente en fuentes oficiales: AESA, EASA, BOE, Ministerio de Transportes y jurisprudencia del Tribunal Supremo. Si después de leer te quedan dudas, al final encontrarás cómo contactar con nosotros para resolverlas de forma personalizada.
Índice de contenidos
Toggle¿Qué ha cambiado en la normativa de drones en España en 2026?
El cambio más importante es el fin de los escenarios estándar nacionales (STS-ES) el 31 de diciembre de 2025. Desde el 1 de enero de 2026, solo son válidos los escenarios estándar europeos STS-01 y STS-02, lo que implica:
- Armonización total con el resto de países de la UE.
- Uso obligatorio de drones con marcado de clase europeo C5 (para STS-01) o C6 (para STS-02).
- Desaparición de las excepciones nacionales que permitían operar bajo STS-ES con aeronaves legadas.
Operar en el escenario estándar adecuado sigue siendo la vía más rápida para autorizaciones de categoría específica sin tener que pasar por un análisis SORA completo. Para muchos operadores profesionales, cambiar de STS-ES a STS-01/STS-02 ha supuesto recalificaciones de pilotos, nuevos manuales de operaciones y en algunos casos la compra de equipos con marcado C5/C6.
El segundo cambio relevante es jurídico: la STS 2941/2025 (junio de 2025) anuló parcialmente el RD 517/2024. Lo veremos con detalle en la siguiente sección.
Y el tercero, más discreto pero con impacto directo en muchos usuarios, es la eliminación de la obligatoriedad de seguro para drones operados en subcategorías A1 y A3 de la categoría abierta con MTOM por debajo de 20 kg, aunque sigue siendo altamente recomendable y obligatorio para A2, específica y certificada.
¿Qué pasó con el Real Decreto 517/2024?
El RD 517/2024, aprobado en junio de 2024, pretendía modernizar el marco nacional de drones y alinearlo con el Reglamento UE 2019/947. El texto introducía novedades útiles (mejor articulación con U-space, aclaraciones sobre registro, actualización de procedimientos) pero también creaba un régimen sancionador específico para drones.
En junio de 2025, el Tribunal Supremo dictó la sentencia 2941/2025 tras un recurso interpuesto por la Asociación Nacional de Pilotos de Drones. La sentencia declaró nula la parte sancionadora del decreto por defectos de procedimiento (ausencia de una nueva consulta pública tras modificaciones sustanciales en la tramitación).
¿Qué significa esto en la práctica?
- El resto del RD 517/2024 sigue vigente: aspectos operativos, procedimientos administrativos, criterios técnicos.
- El régimen sancionador aplicable vuelve a ser el general de la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, con los rangos que detallamos en nuestra guía específica sobre multa por volar dron.
- Las multas siguen siendo reales y aplicables: de 60 € a 225.000 € para particulares, con tramos superiores para profesionales.
La anulación no supone una barra libre, sino que devuelve la potestad sancionadora al marco legal general. Para el operador medio, nada cambia en la práctica operativa: las reglas se siguen, los incumplimientos se sancionan.
¿Cuáles son las categorías de operación vigentes en 2026?
El Reglamento UE 2019/947 mantiene las tres categorías de operación, con algunos matices actualizados:
Categoría abierta
Es el marco para vuelos de bajo riesgo. Se divide en tres subcategorías en función del peso y proximidad a personas:
- A1: sobrevuelo de personas no involucradas, con drones C0 (menos de 250 g) o C1 (menos de 900 g).
- A2: vuelo cerca de personas, con drones C2 (menos de 4 kg) y mínimo 30 m de distancia horizontal (5 m en modo baja velocidad).
- A3: vuelo lejos de personas, con drones C3/C4 hasta 25 kg, a más de 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas.
Si te interesa la casuística concreta de los drones más pequeños, tenemos el artículo normativa drones menos de 250 gramos totalmente actualizado.
Categoría específica
Aquí entran las operaciones que no cumplen los límites de la abierta. Requieren autorización de AESA mediante uno de estos caminos:
- Análisis SORA 2.5: evaluación de riesgos aire/tierra, nivel SAIL y medidas de mitigación.
- Escenarios estándar STS-01 (VLOS sobre zona controlada en tierra) y STS-02 (BVLOS con observadores del espacio aéreo).
- Operational Authorization (OA): para operaciones que no encajan en SORA ni en STS.
- Light UAS Operator Certificate (LUC): para operadores con madurez demostrada que gestionan sus propias autorizaciones.
Categoría certificada
Aplicable a operaciones de alto riesgo: transporte de mercancías peligrosas, transporte de pasajeros, vuelo sobre aglomeraciones urbanas. Requiere certificación de la aeronave, del operador y licencia específica del piloto. Aquí se empiezan a incluir los proyectos de eVTOL que analizamos en detalle en eVTOL y taxis voladores en España.
¿Qué significan las clases C0-C6 y cómo afectan en 2026?
El Reglamento UE 2019/945 define siete clases de drones (C0, C1, C2, C3, C4, C5, C6) con requisitos técnicos progresivos. Cada clase determina en qué subcategoría u operación se puede volar:
- C0: hasta 250 g. Limitados a 120 m de altura. Sin Remote ID obligatorio. Volables en A1.
- C1: hasta 900 g. Velocidad limitada, geo-awareness, Remote ID obligatorio. Volables en A1.
- C2: hasta 4 kg. Modo de baja velocidad, luz de anticolisión, Remote ID. Volables en A2 y A3.
- C3: hasta 25 kg, con hasta 3 m de envergadura. Volables en A3.
- C4: hasta 25 kg, sin requisitos avanzados de geo-awareness. Usado sobre todo para drones de aeromodelismo.
- C5: usado en STS-01 (VLOS sobre zona controlada en tierra).
- C6: usado en STS-02 (BVLOS con observadores del espacio aéreo).
Desde 2026, cualquier operación en escenario estándar europeo exige que el dron lleve marcado de clase C5 o C6. Esto ha generado un fuerte movimiento de actualización de flotas, con muchos operadores incorporando kits de conversión o adquiriendo equipos nuevos con clase certificada de fábrica.
¿Qué es Remote ID y por qué es obligatorio en 2026?
Remote ID es el sistema que permite identificar un dron en vuelo de forma remota, emitiendo datos básicos (número de serie, posición, altura, rumbo, posición del piloto remoto) accesibles para las autoridades. Funciona como una especie de matrícula digital en tiempo real.
Su implantación en España es obligatoria desde el 1 de enero de 2024 para:
- Todas las operaciones en categoría específica.
- Drones de clases C1, C2, C3 y C5/C6 en categoría abierta.
- Quedan exentos los drones clase C0 (menos de 250 g).
Si tienes un dron anterior a la implantación de Remote ID, existen módulos suplementarios (broadcast modules) que se montan en el equipo para cumplir. Tenemos más detalle en el artículo dedicado al identificación remota para drones.
¿Cómo se hace el registro como operador UAS en AESA en 2026?
El registro como operador UAS es obligatorio para cualquier persona física o jurídica que opere un dron en España, salvo casos muy concretos (juguetes menores de 250 g sin cámara). El procedimiento, gestionado por AESA, sigue siendo telemático y gratuito:
- Acceso a la sede electrónica de AESA con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
- Alta de operador con datos personales o de empresa.
- Obtención del número de operador, que debe ir visible en cada aeronave.
- Desde el RD 517/2024, los operadores deben mantener actualizados sus procedimientos de operación según las novedades normativas.
El registro como operador no es lo mismo que la formación para pilotar. Son dos figuras distintas: el operador es el responsable legal de las operaciones; el piloto remoto es quien maneja materialmente el dron. Puedes ser los dos a la vez o figuras separadas en la misma empresa.
¿Es obligatorio el seguro de drones en 2026?
El RD 517/2024 modificó el régimen de seguros:
- Subcategorías A1 y A3 (categoría abierta, MTOM menor de 20 kg): ya no es obligatorio por ley, aunque es muy recomendable para cubrir daños a terceros.
- Subcategoría A2, categoría específica y categoría certificada: sigue siendo obligatorio.
- Drones de más de 20 kg: límite mínimo de 900.000 € (equivalente a 750.000 DEG).
- Drones de hasta 20 kg en categorías que lo exigen: mínimo 300.000 €.
La ausencia de seguro cuando es exigible constituye una infracción tipificada y puede suponer multas que llegan a los 10.000 € incluso en el tramo leve. Para operadores profesionales, contratar un seguro adecuado no es solo cumplir la ley: es la única forma de cubrir la responsabilidad por daños a personas o bienes, que en un vuelo sobre zona urbana pueden ser cuantiosos. Tenemos la guía completa en seguro responsabilidad civil drones.
¿Cuál es el estado del U-space en España?
U-space es el sistema europeo de gestión automatizada del tráfico de drones a baja altura (hasta 120 m), pensado para permitir operaciones complejas y de alta densidad en zonas urbanas y periurbanas. En España, el plan de implantación lo lidera AESA con apoyo de ENAIRE y el Ministerio de Transportes, y el objetivo oficial es alcanzar operaciones comerciales rutinarias en 2026.
A fecha actual no hay todavía zonas U-space declaradas en España, pero sí pilotos activos en localizaciones concretas (Galicia, País Vasco, áreas industriales). A corto plazo se esperan las primeras declaraciones formales de espacio U-space, lo que abrirá operaciones BVLOS comerciales, logística urbana y movilidad aérea avanzada. Cuando eso ocurra, los operadores con formación y certificaciones adecuadas van a estar bien posicionados para acceder a contratos pioneros.
¿Qué sanciones están vigentes en 2026 tras la anulación parcial del RD 517/2024?
Tras la STS 2941/2025, las sanciones por incumplimiento de la normativa de drones se rigen por la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea. Los rangos aplicables son:
- Infracciones leves (particulares): de 60 € a 45.000 €.
- Infracciones graves (particulares): de 45.001 € a 90.000 €.
- Infracciones muy graves (particulares): de 90.001 € a 225.000 €.
- Infracciones de profesionales con formación aeronáutica: los tramos se multiplican, pudiendo llegar a 4.500.000 € en casos muy graves.
Las infracciones más habituales que AESA sigue sancionando activamente son volar sin registro, sin seguro cuando es obligatorio, en zonas restringidas (zonas CTR, ZEPA, aeródromos), por encima de la altura permitida, sin Remote ID o sobrevolando aglomeraciones.
¿Qué formación necesitas como piloto de drones en 2026?
El camino formativo se mantiene con leves actualizaciones:
- A1/A3: curso online gratuito de AESA y examen en su sede electrónica.
- A2: formación complementaria en una entidad reconocida y examen AESA. Imprescindible si quieres volar más cerca de personas.
- Categoría específica (STS-01, STS-02, SORA): formación teórica y práctica en una entidad reconocida, que termina con evaluación por AESA.
- Certificado LUC: reservado a operadores consolidados que demuestren capacidad de autogestión.
En UMILES University ofrecemos el curso profesional de piloto de drones con titulación homologada por AESA, y cursos específicos como el de inspecciones técnicas con drones, agricultura de precisión con drones o el curso de drones para seguridad privada. Todos ellos están actualizados con los cambios de 2025-2026 y con las implicaciones prácticas de la anulación parcial del RD 517/2024.
Nuestras sedes en Madrid, Bilbao, Málaga, Galicia y Asturias cubren toda España, y combinamos teoría online con prácticas presenciales, lo que permite compatibilizar el curso con trabajo o estudios. Si quieres que te asesoremos sobre qué itinerario encaja mejor con el tipo de operaciones que quieres realizar, solo debes ponerte en contacto con nuestro equipo a través de la página de contacto y te atenderemos de forma personalizada.
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